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Relación con la empresa

FP Dual

Formación Dual en régimen de alternancia

La finalidad de este programa es posibilitar a los jóvenes su formación a través de un proceso de aprendizaje que se desarrolla en el centro educativo y en la empresa, bajo un contrato para la formación y el aprendizaje o bien bajo una beca.

Requisitos de acceso

  • El único requisito de acceso a la formación dual es tener aprobados todos los módulos del primer curso.
  • Si a fecha de inicio el alumno/a ha cumplido 30 años o más, la relación empresa-trabajador/a sólo podrá establecerse mediante beca, no por contrato.
  • Todo el alumnado inscrito pasará un proceso de baremación por parte del equipo docente, que establecerá el orden en que serán mandados a entrevistar por las empresas.
  • Son éstas las que decidirán con qué candidato/a quedarse.
  • La evaluación será compartida entre el centro y la empresa.
Desarrollo
  • El alumno se matricula en un ciclo formativo y realiza el primer curso en el centro educativo.
  • En junio, al finalizar el curso, la empresa firma con él por un año un contrato de formación y aprendizaje o una beca.
  • Durante el segundo curso el trabajador-alumno compagina el trabajo con la formación, no pudiendo dedicar al trabajo más del 75% de las horas anuales que marque el convenio de la empresa.
  • El trabajo realizado por el alumno en la empresa estará estrechamente relacionado con el perfil profesional del ciclo formativo que haya estudiado.
  • La evaluación será compartida entre el centro y la empresa.
Con la opción del contrato
  • El tipo de contrato ha de ser, obligatoriamente, contrato para la formación y el aprendizaje.
  • No permite el trabajo nocturno, las horas extraordinarias ni el trabajo a relevos.
  • Está destinado a jóvenes mayores de 16 y menores de 25 años, inscritos en Lanbide como demandantes de empleo.
  • El salario lo estipula la empresa según su convenio (la referencia nunca será inferior al salario mínimo interprofesional) y se ajustará al número de horas realmente trabajadas.
Con la opción de la beca
  • No permite el trabajo nocturno ni las horas extraordinarias.
  • No hay límite de edad.
  • El salario lo estipula la empresa (la referencia nunca será inferior al salario mínimo interprofesional) y se ajustará al número de horas realmente trabajadas, salvo aquellos meses que trabaje menos del 60% de las horas (la normativa marca que esos meses cobre el 60% del salario). Las becas no están sujetas a convenio, a no ser que estén reguladas en él.
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